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Cartel horario comercial: plantilla y normativa aplicable

Todo comercio físico debe exhibir su horario de forma visible desde el exterior. La Ley 1/2004 de Horarios Comerciales y las normativas autonómicas establecen las reglas. Aquí tienes la plantilla imprimible y toda la información legal que necesitas.

Lectura: 13 min Actualizado: 2026-04-24

Normativa básica: Ley 1/2004 de Horarios Comerciales

Artículo 3 - Horario global semanal: > Las comunidades autónomas no pueden restringir el horario global semanal a menos de 90 horas de lunes a sábado.

Artículo 4 - Domingos y festivos: > El número mínimo de domingos y festivos de apertura es de 16 al año. Las CC.AA. pueden modificarlo entre un mínimo de 10 y sin límite superior.

Artículo 5 - Establecimientos con régimen especial (libertad total): - Tiendas de conveniencia (hasta 500 m², abiertas ≥18h/día). - Estaciones de servicio, panaderías, pastelerías, floristerías, prensa. - Establecimientos en zonas de gran afluencia turística (ZGAT). - Establecimientos de menos de 300 m² (que no pertenezcan a grupos empresariales que no sean PYME). - Establecimientos en puntos fronterizos, estaciones, aeropuertos.

Artículo 6 - Libertad del comerciante: > Cada comerciante determina libremente su horario dentro del marco legal.

Variaciones por comunidad autónoma

Andalucía: 90 horas semanales, 16 domingos/festivos. ZGAT en zonas turísticas. Cataluña: 90 horas semanales, 16 domingos. Obligación expresa de cartel de horarios. El horario debe expresarse en catalán y castellano. Comunidad de Madrid: 90 horas semanales, 22 domingos/festivos (entre los más altos). ZGAT en todo el municipio de Madrid. Comunidad Valenciana: 90 horas semanales, 16 domingos/festivos. ZGAT en Alicante, Benidorm, Valencia. Cartel obligatorio. País Vasco: 90 horas semanales, 16 domingos. Cada territorio histórico puede regular. Galicia: 90 horas semanales, 16 domingos. ZGAT en Santiago, A Coruña, Vigo. Canarias: Libertad total de horarios (régimen especial por su condición de región ultraperiférica). Baleares: 90 horas semanales, 16 domingos. Restricciones adicionales en temporada baja. Aragón: 90 horas semanales, 16 domingos. Castilla-La Mancha: 90 horas semanales, 16 domingos. Castilla y León: 90 horas semanales, 16 domingos. Extremadura: 90 horas semanales, 16 domingos. Murcia: 90 horas semanales, 16 domingos. ZGAT en zonas de especial interés turístico. Navarra: 90 horas semanales, 16 domingos. La Rioja: 90 horas semanales, 16 domingos. Asturias: 90 horas semanales, 16 domingos. Cantabria: 90 horas semanales, 16 domingos.

*Consulta la normativa autonómica específica para tu municipio, ya que los ayuntamientos pueden tener ordenanzas adicionales.*

Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT)

Las ZGAT son áreas declaradas por las comunidades autónomas donde los comercios tienen libertad total de horarios (pueden abrir todos los domingos y festivos). Estas zonas suelen incluir:

  • Centros históricos turísticos.
  • Zonas playeras y de alta concentración hotelera.
  • Grandes centros comerciales.
  • Áreas cercanas a aeropuertos, estaciones de tren y puertos.

Cómo saber si tu comercio está en una ZGAT: 1. Consulta el boletín oficial de tu comunidad autónoma. 2. Pregunta en tu ayuntamiento o Cámara de Comercio. 3. Verifica si tu municipio tiene declaración de ZGAT vigente.

Ejemplo: Alicante tiene declarada ZGAT para los periodos de Semana Santa, verano (15 junio - 5 enero) y 11 domingos/festivos específicos en 2026.

Sanciones por incumplimiento

La normativa autonómica tipifica como infracción:

  • Leve: No exhibir el cartel de horarios. Multa de hasta 1.000 €.
  • Grave: Abrir fuera del horario declarado sin autorización. Multa de 1.001 € a 6.000 €.
  • Muy grave: Incumplimiento reiterado de la normativa de horarios. Multa de 6.001 € a 30.000 €.

Según la ley estatal (Ley 1/2004), las sanciones pueden alcanzar hasta 600.000 € en casos de infracciones muy graves en grandes establecimientos. No exponer el cartel de horarios se considera una infracción leve, pero si se reitera puede escalar a grave.

Recomendación: Además del cartel, guarda una copia del horario comunicado al ayuntamiento o comunidad autónoma (si tu municipio exige comunicación previa).

Plantilla imprimible - castellano y catalán

Castellano:

--- HORARIO COMERCIAL

Estamos abiertos:

Lunes a viernes: ____ : ____ - ____ : ____ Sábado: ____ : ____ - ____ : ____ Domingo: ____ : ____ - ____ : ____ / Cerrado Festivos: Consultar aviso específico

Gracias por tu visita Actualizado: ____ / ____ / ______ ---

Catalán:

--- HORARI COMERCIAL

Estem oberts:

Dilluns a divendres: ____ : ____ - ____ : ____ Dissabte: ____ : ____ - ____ : ____ Diumenge: ____ : ____ - ____ : ____ / Tancat Festius: Consulteu avís específic

Gràcies per la visita Actualitzat: ____ / ____ / ______ ---

Consejos de uso: - Imprime en tamaño A4 o A3, con letra grande y claro contraste. - Usa papel plastificado o funda de plástico para protegerlo de la intemperie. - Colócalo en la puerta o escaparate, a la altura de los ojos. - Actualízalo cada vez que cambies el horario (verano, campañas, festivos). - Si tu comunidad exige bilingüismo (Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares, Galicia, País Vasco), usa la versión en la lengua cooficial correspondiente.

Consejos prácticos para el cartel

1. Que se vea desde fuera: El cartel debe ser legible con la persiana bajada o la puerta cerrada. Usa un tamaño de letra mínimo de 24 puntos. 2. Incluye excepciones: Si tienes horarios especiales en verano, Navidad o festivos, añade una nota separada en lugar de tachar el cartel. 3. Actualiza con cada cambio: Cada vez que modifiques el horario (cambio de temporada, obras, vacaciones), imprime un cartel nuevo. Los tachones dan mala imagen. 4. Añade contacto opcional: Si tienes teléfono o web donde consultar horarios actualizados, inclúyelo. Pero solo si realmente lo atiendes. 5. Cumple los horarios declarados: Abrir o cerrar fuera del horario del cartel puede conllevar sanciones si un inspector lo comprueba.

Tabla completa de normativa autonómica de horarios

| Comunidad Autónoma | Horas semanales mínimas | Domingos/festivos mínimos | ZGAT declaradas | Cartel obligatorio | |---|---|---|---|---| | Andalucía | 90 | 16 | Sí (zonas turísticas) | Sí | | Aragón | 90 | 16 | Sí (Zaragoza centro) | Sí | | Asturias | 90 | 16 | Sí (zona centro Oviedo) | Sí | | Baleares | 90 | 16 | Sí (Palma, Calvià, Ibiza) | Sí | | Canarias | Libertad total | Sin límite | No aplica | Sí | | Cantabria | 90 | 16 | Sí (Santander centro) | Sí | | Castilla-La Mancha | 90 | 16 | No declaradas | Sí | | Castilla y León | 90 | 16 | Sí (Valladolid, Salamanca) | Sí | | Cataluña | 90 | 16 | Sí (Barcelona centro, zonas turísticas) | Sí (bilingüe) | | Comunidad de Madrid | 90 | 22 | Sí (todo el municipio de Madrid) | Sí | | Comunidad Valenciana | 90 | 16 | Alicante, Benidorm, Valencia | Sí | | Extremadura | 90 | 16 | No declaradas | Sí | | Galicia | 90 | 16 | Santiago, A Coruña, Vigo | Sí | | La Rioja | 90 | 16 | No declaradas | Sí | | Murcia | 90 | 16 | La Manga, Cartagena | Sí | | Navarra | 90 | 16 | No declaradas | Sí | | País Vasco | 90 | 16 | Bilbao, Donostia, Vitoria | Sí |

> Dato clave: Madrid es la comunidad con más domingos de apertura (22 al año). Canarias es la única con libertad total de horarios. En todas las comunidades es obligatorio exhibir el cartel. Consulta el boletín oficial de tu comunidad para conocer las ordenanzas municipales adicionales.

Excepciones al horario general por tipo de comercio

La Ley 1/2004 establece libertad total de horarios para estos establecimientos (artículo 5):

| Tipo de establecimiento | Condiciones | |---|---| | Tiendas de conveniencia | Hasta 500 m², abiertas al menos 18 horas al día, surtido variado | | Estaciones de servicio | Sin límite de superficie | | Panaderías, pastelerías | Sin límite, pero solo productos del sector | | Floristerías | Sin límite | | Prensa y loterías | Sin límite | | Comercios < 300 m² | Que no pertenezcan a grupos de distribución que no sean PYME (art. 5.2) | | ZGAT | Todos los comercios dentro de la zona declarada | | Puntos fronterizos | Ver listado oficial del Ministerio | | Estaciones, aeropuertos, puertos | Dentro de las instalaciones |

Importante: La libertad de horarios para comercios de menos de 300 m² fue una de las principales novedades de la Ley 1/2004. Sin embargo, si tu tienda pertenece a una cadena que no es PYME (más de 250 empleados o facturación > 50 M€), NO aplica la excepción.

Cartel digital: ¿es válido legalmente?

Cada vez más comercios optan por pantallas digitales en lugar de carteles impresos. La respuesta corta: sí, es válido, siempre que cumpla estos requisitos:

  • Visible desde el exterior: La pantalla debe mostrar el horario de forma permanente (o con un ciclo que muestre el horario la mayor parte del tiempo).
  • Legible: El tamaño de letra debe ser suficiente para leerlo desde fuera, incluso con luz solar directa.
  • Actualizado automáticamente: Ideal si cambias de horario por temporadas, porque el cambio es instantáneo y evita el riesgo de tener un cartel desactualizado.
  • Contraste adecuado: El texto debe contrastar suficientemente con el fondo para ser legible.

Ventajas del cartel digital: - Te ahorras imprimir cada vez que cambias el horario. - Puedes incluir información adicional (teléfono, web, QR para horarios actualizados). - Más atractivo visualmente que un cartel impreso.

Desventajas: - Coste inicial de la pantalla y la programación. - Si la pantalla se estropea y no muestra el horario, puedes estar incumpliendo. - Consumo eléctrico continuo.

> Recomendación: Si usas pantalla digital, asegúrate de que tenga un modo de respaldo que muestre el horario incluso si falla la conexión a internet.

Modelo de comunicación de horario al ayuntamiento

Algunos municipios exigen comunicar el horario comercial al ayuntamiento. Aunque no es obligatorio en todos, es buena práctica hacerlo para tener constancia. Aquí tienes un modelo:

--- ASUNTO: Comunicación de horario comercial

DESTINATARIO: Ayuntamiento de [municipio] - Concejalía de Comercio

INTERESADO: [Nombre del comercio / titular] [NIF/CIF] [Dirección del establecimiento]

Por la presente, comunico que el horario habitual de apertura al público de mi establecimiento es:

  • Lunes a viernes: [hora apertura] a [hora cierre]
  • Sábados: [hora apertura] a [hora cierre]
  • Domingos y festivos: [abierto / cerrado / consultar]

Dicha información está expuesta en el cartel de horarios visible desde el exterior del establecimiento, conforme a la legislación vigente.

[Fecha y firma] ---

Consejo: Conserva una copia sellada por el registro municipal como prueba de la comunicación.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio tener un cartel de horarios? Sí, en la mayoría de comunidades autónomas es obligatorio exhibir el horario de forma visible desde el exterior del establecimiento.

¿Puedo cambiar el horario sin imprimir un cartel nuevo? Legalmente debes mantener el cartel actualizado. Un cartel con tachones o fechas pasadas puede ser considerado incumplimiento.

¿Los comercios online también necesitan cartel? No, la obligación aplica a establecimientos físicos abiertos al público.

¿Puedo abrir todos los domingos si mi tienda tiene menos de 300 m²? Si no perteneces a un grupo de distribución que no sea PYME, sí, tienes libertad total de horarios (artículo 5.2 de la Ley 1/2004). Pero debes consultar la normativa autonómica.

¿Qué hago con los festivos? Si abres en festivos, indícalo en el cartel. Si cierras, bastan las indicaciones de "Festivos: consultar aviso" si colocas un aviso actualizado en el escaparate.

¿Qué ocurre si tengo horario de verano y de invierno? Debes indicar claramente los períodos en el cartel o usar dos carteles diferenciados (temporada de verano / temporada de invierno). El cartel digital es especialmente útil en este caso.

¿Pueden sancionarme si el cartel está en la puerta pero no se ve con la persiana bajada? Sí. El cartel debe ser visible incluso con el comercio cerrado. Si la persiana tapa el cartel debes colocarlo en la parte exterior de la persiana o en la fachada.

¿Los mercados municipales y galerías comerciales necesitan cartel individual? Cada puesto individual debe tener su propio cartel, aunque el centro comercial tenga un horario general. El cartel general no exime a cada comerciante de su obligación individual.

Marta Delgado

Redaccion

Marta Delgado

Redaccion especializada en centros comerciales, tiendas y ocio comercial

Firma las guias de Comerciantes de Rute con foco en preguntas practicas: que centro conviene, donde mirar tiendas, cuando tiene sentido revisar la cartelera o como preparar una visita sin perder tiempo.

Perfil: Cobertura editorial de retail, comercio local y visitas urbanas

Experiencia: Anos revisando consultas de tiendas, ocio comercial, horarios y comparativas de centros en ciudades espanolas

Actualizado: 2026-04-24 Correcciones

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